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Requisitos para adoptar en Haití Imprimir E-Mail
escrito por Cristina Nuñez Brugueras   
miércoles, 29 de marzo de 2006

 

INFORMACIÓN SOBRE LA ADOPCIÓN EN HAITÍ

 

Leyes de Referencia:

 

Ley 25/02/1966

Decreto 4/4/1974 (Formas i condiciones relativas a la adopción)

Decreto 24/11/1983 (Creación del I.B.E.S.R.)

 

1.-REQUISITOS PARA ADOPTAR EN HAITÍ (*):

 

  • Matrimonios o personas solteras (mujeres). En caso de ser matrimonio, deberán acreditar más de 10 años de matrimonio.
  • No pueden adoptar parejas de hecho.
  • Mayores de 35 años.
  • Para los matrimonios, al menos uno de los dos deberá ser mayor de 35 años..
  • La diferencia de edad con el niño a adoptar ha de ser de más de 19 años.
  • Sólo podrán adoptar matrimonios con hijos biológicos con una dispensa del Jefe del Estado..
  • Algunos orfanatos exigen que los padres adoptivos sean creyentes, y no aceptan personas agnósticas o ateas.

(*) El IBESR, ha enviado un comunicado al ICAA, informando sobre la flexibilidad en algunos de los requisitos. La edad de los adoptantes puede disminuir a 28 años. Podrán llevar 5 años casados y 5 de convivencia. Si tienen hijos biológicos, será el propio IBESR quién solicitará la dispensa del jefe del estado, y la familia no deberá realizar ninguna gestión.

 

2.-ORGANISMO PÚBLICO COMPETENTE:

 

Insitituto du Bien-Être Social et des Recherches (I.B.E.S.R.).

 

3.-TRÁMITES POSTERIORES A LA ASIGNACIÓN DEL MENOR:

 

Es el mismo orfanato quien tiene competencia para asignar un menor a la familia; una vez la familia acepta la asignación, el orfanato lo comunica al I.B.E.S.R. que es el encargado de emitir autorización de adopción (de autorizar o no una recomendación para inicial el proceso judicial). Posteriormente se presenta la correspondiente demanda de adopción ante el juzgado correspondiente. La familia no puede viajar hasta que se dicte la resolución judicial de adopción.

Estancia de 10 días aproximadamente.

 

4.-TIPO DE ADOPCIÓN

 

Adopción simple. De acuerdo con el Código Civil haitiano puede ser revocable y a efectos sucesorios se conservan ciertos vínculos con la familia biológica.

 

Modificado el ( miércoles, 07 de junio de 2006 )
 
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